Cuando reciba una notificación de la administración pública, consérvela y apunte la fecha en que ha recibido esa notificación en la esquina superior derecha de la primera hoja. Las fechas de notificación y el contenido de los escritos juegan un papel fundamental en los procedimientos sancionadores y son importantes para recurrir multas de forma efectiva: muchas sanciones no se imponen porque la administración incumple los plazos.

  1. Si le dan plazo para presentar alegaciones o recurso, hágalo. No responder a la administración dentro de plazo es sinónimo de conformidad y en el procedimiento sancionador de tráfico, es lo más parecido a regalar el dinero de la multa.
  • Cuidado con las cartas requiriendo la identificación del conductor. Últimamente algunas administraciones actúan de forma que puede resultar confusa para los conductores: en la incoación/iniciación suele añadir un recuadro para que identifiquemos al conductor si la infracción la cometió otra persona. Si la infracción la cometió el que recibe la notificación, se considera una incoación, pero si conducía otra persona y se señalan los datos del infractor, deberá incoarse contra la persona que se designe como conductor. Si se identifica como conductor a la misma persona que recibe la notificación no debería considerarse incoación, ya que el encabezado de estas notificaciones señala que se trata de una “petición de datos del conductor” no de una “iniciación” O “incoación”.
  • Apurar los plazos: Siempre es aconsejable presentar alegaciones o recurso al final del plazo otorgado. Sólo hay que poner especial cuidado que no se pase ese plazo y contar de forma correcta. Abogator te ayuda a computar esos plazos con total precisión. Cuidado: en los procedimientos legales, "un día tarde" es sinónimo de "procedimiento perdido".

  • Ya queda dicho, pero conviene repetirlo: es muy desaconsejable darse de alta en la Dirección Electrónica Vial (DEV) -el sistema de notificaciones electrónicas de la DGT-. Conlleva la notificación inmediata de los trámites del procedimiento sancionador y facilita la labor al organismo que pretende sancionarle. Es un error, a la vista de la importancia que tienen los plazos para conseguir evitar las sanciones.

  • Presenta tus alegaciones usando el correo administrativo: Una vez hechas tus alegaciones o tu recurso, haz dos copias. En un sobre abierto pon la dirección del organismo al que se dirige y llévalo a la estafeta de Correos más cercana a tu domicilio. Allí indique que quiere remitir esa carta por "correo administrativo". El personal de Correos verificará que las copias coinciden y le dará una de las copias sellada, antes de cerrar el sobre. A efectos legales los escritos se entienden presentados en la fecha que figura en el sello.

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