NOTIFICACIÓN DE TRANSMISIÓN O VENTA DEL VEHÍCULO

Para ilustrar lo importante que es cambiar la titularidad de un vehículo en el momento de comprarlo o venderlo basta con poner un ejemplo real: El sujeto “A” vende su coche al sujeto “B”. Se basan en un acuerdo verbal y el día pactado, “B” paga a “A” el precio convenido y se lleva el vehículo. No hacen papeles de venta privada ni dan de alta al nuevo titular en Tráfico.

Meses después, “B” fallece en un accidente en el que atropella a un peatón que también fallece. Como “A” consta en los registros oficiales como dueño del vehículo, desde ese momento es responsable civil subsidiario frente a la víctima y sus herederos, debiendo probar que el accidente escapó a su responsabilidad.

El trámite de cambio de titularidad se solicita en la Jefatura de Tráfico de la provincia de domicilio del interesado o de matriculación del vehículo. Si la transmisión es una compraventa, la notificación supone su baja temporal y si el vehículo se ha transmitido a un particular se anotará el cambio de titularidad pero no se expedirá el permiso de circulación.

1.- Documentación oficial:

1º. Solicitud en impreso oficial disponible en las Jefaturas de Tráfico y en la página web de la DGT (www.dgt.es), en el que constarán las identificaciones, domicilio y firmas del transmitente y del adquirente (sea compraventa o particular). Si el solicitante es menor de edad o incapacitado deberán constar en la solicitud, además, los datos y la firma de la persona que lo representa.

2º. Documento acreditativo de la transmisión del vehículo en el que conste el DNI, CIF o NIE del adquirente (contrato, factura en el caso de personas jurídicas, recibo...).

3º. Tasa por el importe legalmente establecido.

2.- Documentación de los interesados

A) Personas Físicas

Original del documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular:

-Nacionales: Documento Nacional de Identidad (DNI) en vigor del interesado o Permiso o Licencia de Conducción.

- Extranjeros:

• Tarjeta de Residencia en vigor o, en su defecto, Documento de identidad del país de origen (para ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea, de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y de la Confederación Suiza) o Pasaporte si es ciudadano de un tercer país junto con el Número de Identificación de Extranjero (NIE).

• Documento original que acredite su domicilio en España, si éste no figura en su documentación de identidad de extranjero (Ej. Escritura de propiedad, contrato de alquiler, tarjeta censal o certificado policial).

B) Personas Jurídicas

• Original de la Tarjeta de identificación fiscal de la sociedad (CIF).

• Original del DNI, Pasaporte, Documento de identidad de extranjero del representante y NIE.

• Documento original que acredite a éste poder para actuar en nombre de la sociedad (modelo disponible en www.dgt.es).

C) Menores de edad o incapacitados

- Además presentarán Original del DNI en vigor del padre, madre o tutor u Original de la Tarjeta de Residencia en vigor del padre, madre o tutor.

- Documento original que acredite el concepto por el que actúan. (Ej. Libro de familia, resolución judicial, etc.).

3.- Documentación del vehículo.

Permiso o Licencia de Circulación.

Documento acreditativo de la baja en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma.

Justificante del pago o exención del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (Agencia Tributaria www.aeat.es), en los casos en que el cambio de titularidad de vehículos de autoescuela, alquiler sin conductor, cambio de residencia, que estuvieron exentos del pago en el momento de la matriculación, se efectúe antes de los plazos legalmente previstos.

Notas y Representación:

  1. Cualquier limitación de disposición que tuviera inscrita en el Registro de Bienes Muebles,deberá cancelarse previamente, salvo consentimiento expreso de la Financiera.
  2. El impago de las sanciones impuestas por infracciones de transporte anotadas en el Registro de Vehículo impedirá el cambio de titularidad.
  3. El Impuesto Municipal sobre Vehículos de Tracción Mecánica del año anterior o del año en curso deberá ser liquidado previamente.
  4. Cuando la documentación no sea presentada por el titular del vehículo, la persona que lo representa deberá llevar: - Autorización del interesado para realizar el trámite, donde se exprese el carácter gratuito de la citada representación (disponible en www.dgt.es).- Original de su propio DNI.

TRANSMISIÓN ORDINARIA DEL VEHÍCULO

Este trámite ha de solicitarlo en la Jefatura de Tráfico de matriculación del vehículo o en la del domicilio del interesado

A.1. POR PARTE DEL TRANSMITENTE (Notificación)

Documentación:

1º. Los documentos 1º al 6º especificados en el Apartado anterior (Notificación de Transmisión o Venta del Vehículo), con la salvedad siguiente:

-El Documento acreditativo de la transmisión no es necesario si el transmitente y el adquirente presentan sus solicitudes de forma conjunta.

A.2. POR PARTE DEL ADQUIRENTE (Renovación del Permiso o Licencia de Conducción)

  1. Documentación común a aportar en todos los expedientes:
  2. Solicitud en impreso oficial disponible en las Jefaturas de Tráfico y en la página web de la DGT (www.dgt.es), en el que constarán las identificaciones, domicilio y firmas del adquirente y del transmitente. Si el solicitante es menor de edad o incapacitado deberán constar en la solicitud, además, los datos y la firma de la persona que lo representa.
  3. Tasa por el importe legalmente establecido.
  4. Tarjeta de Inspección Técnica.
  5. Permiso o Licencia de circulación excepto si el transmitente notificó la transmisión, ya que en este caso el adquirente no tendrá este documento.
  6. Documento acreditativo de la transmisión en el que conste el DNI, CIF o NIE del adquirente (contrato, factura en el caso de personas jurídicas, recibo...), salvo que el transmitente y el adquirente presenten sus solicitudes de forma conjunta.
  7. Autoliquidación o documento que acredite la exención o no-sujeción del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, liquidado en la Comunidad Autónoma, salvo que el vendedor sea un empresario en el ejercicio de su actividad, en cuyo caso aportará factura.

Además de la documentación anterior, en función del caso, se deberá aportar:

  1. Documento acreditativo de la transmisión (sentencia, convenio regulador...) en caso de separación, divorcio o ruptura del vínculo con el titular del vehículo.
  2. Documento acreditativo del alta en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma.
  3. Certificado del Órgano competente en materia de Transportes de que posee o está en condiciones de obtener el título habilitante correspondiente si se trata de un autobús o de un vehículo de transporte de mercancías con una masa máxima autorizada superior a 6 toneladas y una carga que exceda de 3,5 toneladas.
  4. Certificado de Aduanas que acredite el cumplimiento de las obligaciones tributarias si se trata de vehículos procedentes de Canarias, Ceuta y Melilla.
  5. Justificante del pago o exención del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (Agencia Tributaria www.aeat.es), en los casos en que el cambio de titularidad de vehículos de autoescuela, alquiler sin conductor, cambio de residencia, que estuvieron exentos del pago en el momento de la matriculación, se efectúe antes de los plazos legalmente previstos.
  6. En caso de subasta ordinaria o adjudicación por la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, presentar Acta o Certificado de Adjudicación.

Documentos de los interesados

A) Personas Físicas

Original del documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular:

-Nacionales: Documento Nacional de Identidad (DNI) en vigor del interesado o Permiso o Licencia de Conducción.

- Extranjeros:

• Tarjeta de Residencia en vigor o, en su defecto, Documento de identidad del país de origen (para ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea, de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el

Espacio Económico Europeo y de la Confederación Suiza) o Pasaporte si es ciudadano de un tercer país junto con el Número de Identificación de Extranjero (NIE).

• Documento original que acredite su domicilio en España, si éste no figura en su documentación de identidad de extranjero (Ej. Escritura de propiedad, contrato de alquiler, tarjeta censal o certificado policial).

B) Personas Jurídicas

- Original de la Tarjeta de identificación fiscal de la sociedad (CIF).

- Original del DNI, Pasaporte, Documento de identidad de extranjero del representante y NIE.

- Documento original que acredite a éste poder para actuar en nombre de la sociedad (modelo disponible en www.dgt.es).

C) Menores de edad o incapacitados

-Además presentarán Original del DNI en vigor del padre, madre o tutor u Original de la Tarjeta de Residencia en vigor del padre, madre o tutor.

- Documento original que acredite el concepto por el que actúan. (Ej. Libro de familia, resolución judicial, etc.).

TRANSMISIÓN DEL VEHÍCULO POR FALLECIMIENTO DEL TITULAR

La persona que resulte adjudicataria del vehículo, debe solicitar la expedición de un nuevo permiso o licencia de circulación a su nombre en la Jefatura de Tráfico de su domicilio.

Documentación:

Además de los documentos comunes o los demás que correspondan de los especificados en el Epígrafe TRANSMISIÓN ORDINARIA DEL VEHÍCULO, que estarán firmados por el heredero o herederos, presentará:

1º. Testamento acompañado del Certificado de Últimas Voluntades, Declaración de Herederos, o Cuaderno Particional, en el que conste la adjudicación del vehículo.

2º. Autoliquidación o documento que acredite el pago, la exención o no-sujeción del Impuesto sobre Sucesiones. La información y los impresos de este impuesto pueden obtenerse en las Delegaciones del órgano competente en materia de Hacienda de la Comunidad Autónoma correspondiente a su domicilio, o Delegación de la Agencia Tributaria, en el caso de Ceuta y Melilla.

3º. Tasa por el importe legalmente establecido.

Notas y Representación sobre transmisiones:

  1. Si el vehículo tiene una matrícula con siglas de otra provincia, y se solicita simultáneamente la transferencia y una nueva matrícula deberá aportar además la documentación precisa para el cambio de matrícula (ver Epígrafe sobre “solicitud de nueva matrícula”).
  2. La existencia de una orden de precinto inscrita en el Registro de Vehículos impide la expedición del permiso de circulación, por lo que ésta deberá cancelarse previamente.
  3. Cualquier limitación de disposición que tuviera inscrita en el Registro de Bienes Muebles,deberá cancelarse previamente, salvo consentimiento expreso de la Financiera.
  4. El impago de las sanciones impuestas por infracciones de transporte anotadas en el Registro de Vehículo impedirá el cambio de titularidad.
  5. El Impuesto Municipal sobre Vehículos de Tracción Mecánica del año anterior o del año en curso deberá ser liquidado previamente.
  6. Cuando la documentación no sea presentada por el titular del vehículo, la persona que lo representa deberá llevar: - Autorización del interesado para realizar el trámite, donde se exprese el carácter gratuito de la citada representación (disponible en www.dgt.es).- Original de su propio DNI.

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