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Los permisos de conducción expedidos en Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, República Checa, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, Rumanía, Suecia Islandia, Liechtenstein y Noruega tienen plena validez en España, con la salvedad de que la edad requerida para la conducción corresponderá a la exigida para obtener el permiso español equivalente.

No obstante, no serán válidos para conducir en España los permisos de conducción expedidos por alguno de dichos Estados que estén restringidos, suspendidos o retirados en cualquiera de ellos o retirados, suspendidos o declarada su nulidad, lesividad o pérdida de vigencia en España.

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La necesidad de obtener un duplicado del permiso o la licencia de circulación puede deberse a varios motivos. En cada caso deberán seguirse unos trámites u otros. Los casos más frecuentes son los siguientes:

I.- Duplicado por deterioro, extravío o sustracción
II.- Renovación por cambio de datos: nombre, apellidos o razón social del titular
III.- Renovación por cambio de domicilio del titular
IV.- Renovación por cambio de servicio o reforma de importancia en el vehículo