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En algunos casos casos, debidamente justificados, se expiden permisos temporales que autorizan la circulación provisional del vehículo. Puede deberse a la necesidad de usar el vehículo mientras se tramita la matriculación definitiva, o para la realización de pruebas y ensayos de investigación, o exhibiciones,  o sencillamente para su traslado por carretera, antes de la venta.

 

Estas autorizaciones temporales habilitan temporalmente la circulación de los vehículos, pero no se trata de una matriculación propiamente dicha, sino de permisos temporales de circulación.

I.- PARA PARTICULARES (Placas Verdes)

A) VEHÍCULO ADQUIRIDO EN PROVINCIA DISTINTA A AQUELLA DONDE SE PRETENDA MATRICULARLO (PERMISO POR 10 DÍAS)

Este trámite ha de solicitarse en la Jefatura de Tráfico de la provincia donde se encuentre el vehículo

Documentación:

1º. Solicitud en impreso oficial disponible en las Jefaturas de Tráfico y en la página web de la DGT (www.dgt.es). Si el solicitante es menor de edad o incapacitado deberán constar en la solicitud, además, los datos y la firma de la persona que lo representa.

2º. Tasa por el importe legalmente establecido.

3º. De los interesados

A) Personas Físicas

Original del documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular:

- Nacionales: Documento Nacional de Identidad (DNI) en vigor del interesado o Permiso o Licencia de Conducción.

- Extranjeros:

•             Tarjeta de Residencia en vigor o, en su defecto, Documento de identidad del país de origen (para ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea, de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y de la Confederación Suiza) o Pasaporte si es ciudadano de un tercer país junto con el Número de Identificación de Extranjero (NIE).

•             Documento original que acredite su domicilio en España, si éste no figura en su documentación de identidad de extranjero (Ej. Escritura de propiedad, contrato de alquiler, tarjeta censal o certificado policial).

B) Personas Jurídicas

- Original de la Tarjeta de identificación fiscal de la sociedad (CIF).

- Original del DNI, Pasaporte, Documento de identidad de extranjero del representante y NIE.

- Documento original que acredite a éste poder para actuar en nombre de la sociedad.

C) Menores de edad o incapacitados

-Además presentarán Original del DNI en vigor del padre, madre o tutor u Original de la Tarjeta de Residencia en vigor del padre, madre o tutor.

- Documento original que acredite el concepto por el que actúan. (Ej. Libro de familia, resolución judicial, etc.).

4º. Del vehículo

Tarjeta de Inspección Técnica con sus copias y con diligencia de adjudicación en subasta o factura de venta si no figura dicha diligencia en la copia azul.

B) PARA LA CIRCULACIÓN DEL VEHÍCULO MIENTRAS SE TRAMITA SU MATRICULACIÓN DEFINITIVA (PERMISO POR 60 DÍAS)

Este trámite ha de solicitarse en la Jefatura de Tráfico de la provincia del domicilio del interesado

Para conocer la documentación a presentar consulte el artículo en Abogator referente a la matriculación de vehículos.

Prórroga:

Excepcionalmente y con la misma matrícula, se pueden solicitar sucesivas prórrogas de la validez de estos permisos, por plazos de sesenta días, cuando se pidan antes de que finalice su periodo de vigencia y cuando se justifique que el vehículo no ha podido ser matriculado por causas ajenas a la voluntad del titular del permiso temporal.

Este trámite ha de solicitarse en la misma Jefatura de Tráfico que expidió el permiso temporal inicial

Documentación:

1º. Solicitud en impreso oficial disponible en las Jefaturas de Tráfico. Si el solicitante es menor de edad o incapacitado deberán constar en la solicitud, además, los datos y la firma de la persona que lo representa.

2º. Tasa por el importe legalmente establecido.

3º. Del vehículo

- Original del Permiso Temporal de Circulación del que se solicite la prórroga.

4º. Documento que justifique que el vehículo no se ha podido matricular por causas ajenas al solicitante.

Representación:

Cuando la documentación no sea presentada por el adquirente, la persona que lo representa deberá llevar:

-Autorización del interesado para realizar el trámite, donde se exprese el carácter gratuito de la citada representación (disponible en www.dgt.es).

- Original de su propio DNI.

C) PARA EL TRASLADO DEL VEHÍCULO AL EXTRANJERO A EFECTOS DE SU MATRICULACIÓN DEFINITIVA (PERMISO POR 60 DÍAS)

Este trámite ha de solicitarlo en la Jefatura de Tráfico de la provincia de domicilio del interesado y, en el caso de vehículos matriculados, también en la de la provincia en la que se matriculó éste.

Documentación:

1º. Los documentos contenidos en los números 1º, 2º y 3º del apartado A) y además:

2º. Si se trata de vehículos sin matricular:

- Documento que acredite la exportación legal (DUA) si se trata de un traslado a un Estado no perteneciente al Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (EEE).

-Tarjeta de Inspección Técnica, con diligencia de adjudicación o Factura de Venta si no figura dicha diligencia en la copia azul.

3º. Si se trata de vehículos matriculados:

•             El titular registral o tercera persona que acredite suficientemente su propiedad deberá solicitar previamente la baja definitiva por traslado a otro país donde va a ser matriculado (Véase información sobre este trámite en la página correspondiente a "Baja Definitiva del Vehículo", apartado A).

•             Permiso o Licencia de Circulación.

-Tarjeta de Inspección Técnica en vigor.

Representación:

Cuando la documentación no sea presentada por el adquirente, la persona que lo representa deberá llevar:

-Autorización del interesado para realizar el trámite, donde se exprese el carácter gratuito de la citada representación (disponible en www.dgt.es).

-Original de su propio DNI.



II.- PERMISOS TEMPORALES PARA USO DE EMPRESAS RELACIONADAS CON EL VEHÍCULO (Placas Rojas) 

Estos permisos los pueden solicitar los fabricantes, carroceros, importadores, vendedores o distribuidores de vehículos con establecimiento abierto en España para cualquiera de

estas actividades, así como los laboratorios oficiales y permite transitar por el territorio nacional con vehículos no matriculados definitivamente para realizar con personal técnico o con terceras personas interesadas en su adquisición transportes, pruebas o ensayos de investigación o exhibiciones.

Este trámite ha de solicitarse en la Jefatura de Tráfico de la provincia en la que tenga su domicilio legal la empresa.

Documentación:

1º. Solicitud en impreso oficial disponible en las Jefaturas de Tráfico y en la página web de la DGT (www.dgt.es).

2º. Tasa por el importe legalmente establecido.

3º. De los interesados

A) Personas Físicas

Original del documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular:

-Nacionales: Documento Nacional de Identidad (DNI) en vigor del interesado o Permiso o Licencia de Conducción.

- Extranjeros:

•             Tarjeta de Residencia en vigor o, en su defecto, Documento de identidad del país de origen (para ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea, de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y de la Confederación Suiza) o Pasaporte si es ciudadano de un tercer país junto con el Número de Identificación de Extranjero (NIE).

•             Documento original que acredite su domicilio en España, si éste no figura en su documentación de identidad de extranjero (Ej. Escritura de propiedad, contrato de alquiler, tarjeta censal o certificado policial).

B) Personas Jurídicas

- Original de la Tarjeta de identificación fiscal de la sociedad (CIF).

- Original del DNI, Pasaporte, Documento de identidad de extranjero del representante y NIE.

- Documento original que acredite a éste poder para actuar en nombre de la sociedad. 4º. Justificante de tener Licencia Municipal de apertura de establecimiento para esta actividad y fotocopia.

5º. Último recibo de pago del Impuesto de Actividades Económicas puesto al cobro y fotocopia o acreditación oficial de realizar este tipo de actividad, si no es sujeto pasivo de este impuesto. En el caso de los Laboratorios Oficiales presentarán documento acreditativo de la autorización de su actividad expedido por el órgano competente.

6º. Libro-Talonario donde se integran los boletines de circulación. Para el reconocimiento de estos libros talonarios se debe presentar:

-Solicitud oficial (impreso de "cuestiones varias" disponible en la página web de la DGT -www.dgt.es-).

-Tasa por el importe legalmente establecido.

- El libro-talonario confeccionado de acuerdo con lo dispuesto en el ANEXO XVII del Reglamento General de Vehículos.

Caso especial:

En el caso de permisos para pruebas o ensayos de investigación extraordinarios, además de la documentación relacionada, es necesario justificar la necesidad de la petición y acreditar estar en posesión previa del permiso temporal de empresa. Estos permisos se solicitan y tramitan en la Dirección General de Tráfico (www.dgt.es).

Representación:

Cuando la documentación no sea presentada por el titular del vehículo, la persona que lo representa deberá llevar:

  • Original del DNI
  • Autorización del interesado para realizar el trámite, donde se exprese el carácter gratuito de la citada representación (disponible en www.dgt.es).


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