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Las casuísticas que se contemplan en una baja de vehículo son las siguientes:

  1. Baja temporal: Por diversas circunstancias se quiere evitar que el vehículo genere gastos innecesarios por estar el vehículo sin uso
  2. Baja definitiva: Por otras circunstancias que determinen que nos e va a utilizar más ese vehículo.

Se explican a continuación estas dos causas y su tramitación en cada caso:

 1.- BAJA TEMPORAL

Un vehículo puede darse de baja temporalmente por varios motivos:

A) Voluntaria: A fin de evitar el pago de impuestos y la imposición de sanciones por las obligaciones periódicas del vehículo (Seguro, ITV, etc) el titular puede dar de baja el vehículo.

B) Por transmisión: A fin de evitar la responsabilidad derivada de la conducción del vehículo, el vendedor puede dar de baja el vehículo sin perjuicio de que el comprador lo vuelva a dar de alta con su nueva titularidad.

C) Por sustracción: A fin de evitar el pago de impuestos y la imposición de sanciones por las obgligaciones periódicas de un vehículo robado (Seguro, ITV, etc) el titular puede dar de baja el vehículo hasta que se recupere y vuelva a tenerlo en su poder.

D) Por finalización del leasing o renting.

El trámite se realiza en la Jefatura de Tráfico de la provincia de domicilio del interesado o de matriculación del vehículo.

A) VOLUNTARIA

Documentación:

1º. Solicitud en impreso oficial disponible en las Jefaturas de Tráfico y en la página web de la DGT (www.dgt.es). Si el solicitante es menor de edad o incapacitado deberán constar en la solicitud, además, los datos y la firma de la persona que lo representa.

2º. Tasa por el importe legalmente establecido.

3º. De los interesados 

A) Personas Físicas 

Original del documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular: 

-Nacionales: Documento Nacional de Identidad (DNI) en vigor del interesado o Permiso o Licencia de Conducción. 

- Extranjeros: 

  • Tarjeta de Residencia en vigor o, en su defecto, Documento de identidad del país de origen (para ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea, de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y de la Confederación Suiza) o Pasaporte si es ciudadano de un tercer país junto con el Número de Identificación de Extranjero (NIE). 
  •  Documento original que acredite su domicilio en España, si éste no figura en su documentación de identidad de extranjero (Ej. Escritura de propiedad, contrato de alquiler, tarjeta censal o certificado policial).


B) Personas Jurídicas 

  • Original de la Tarjeta de identificación fiscal de la sociedad (CIF). 
  •  Original del DNI, Pasaporte, Documento de identidad de extranjero del representante y NIE.
  •  Documento original que acredite a éste poder para actuar en nombre de la sociedad (modelo disponible en www.dgt.es).

C) Menores de edad o incapacitados 

  • Además presentarán Original del DNI en vigor del padre, madre o tutor u Original de la Tarjeta de Residencia en vigor del padre, madre o tutor 
  •  Documento original que acredite el concepto por el que actúan. (P. Ej.: Libro de familia, resolución judicial, etc.).


4º. Del vehículo 

  • Tarjeta de Inspección Técnica.
  • Permiso o Licencia de Circulación.
5º. Los vehículos agrícolas deberán aportar documento acreditativo de la baja en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma.


B) POR TRANSMISIÓN 

Deben seguirse los trámites ordinarios de venta o cambio de titularidad de un vehículo (ver el artículo específico en Abogator).

C) POR SUSTRACCIÓN 

Deberán presentarse los mismos documentos que para las bajas voluntarias y además la denuncia de sustracción (original y fotocopia). NO ha de abonarse tasa.

D) POR FINALIZACIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO CON OPCIÓN DE COMPRA (LEASING) O DE ARRENDAMIENTO A LARGO PLAZO (RENTING) 

Deberán presentarse los mismos documentos que para las bajas voluntarias y además el acreditativo de la recuperación del vehículo por el arrendador. 


2.- BAJA DEFINITIVA

A) POR TRASLADO A OTRO PAÍS

Este trámite puede solicitarlo en cualquier Jefatura de Tráfico.

Documentación:

1º. Solicitud en impreso oficial disponible en las Jefaturas de Tráfico y en la página web de la DGT (www.dgt.es). Si el solicitante es menor de edad o incapacitado deberán constar en la solicitud, además, los datos y la firma de la persona que lo representa.

2º. Tasa por el importe legalmente establecido. Si el vehículo tiene una antigüedad de 15 o más años desde su matriculación en España estará exento.

3º. De los interesados

A) Personas Físicas 

Original del documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular: 

-Nacionales: Documento Nacional de Identidad (DNI) en vigor del interesado o Permiso o Licencia de Conducción. 

- Extranjeros: 

•           Tarjeta de Residencia en vigor o, en su defecto, Documento de identidad del país de origen (para ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea, de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y de la Confederación Suiza) o Pasaporte si es ciudadano de un tercer país junto con el Número de Identificación de Extranjero (NIE). 

•           Documento original que acredite su domicilio en España, si éste no figura en su documentación de identidad de extranjero (Ej. Escritura de propiedad, contrato de alquiler, tarjeta censal o certificado policial).

B) Personas Jurídicas 

- Original de la Tarjeta de identificación fiscal de la sociedad (CIF). 

- Original del DNI, Pasaporte, Documento de identidad de extranjero del representante y NIE. 

- Documento original que acredite a éste poder para actuar en nombre de la sociedad (modelo disponible en www.dgt.es).

C) Menores de edad o incapacitados 

-Además presentarán Original del DNI en vigor del padre, madre o tutor u Original de la Tarjeta de Residencia en vigor del padre, madre o tutor. 

- Documento original que acredite el concepto por el que actúan. (Ej. Libro de familia, resolución judicial, etc.).

4º. Del vehículo 

-Tarjeta de Inspección Técnica. 

- Permiso o Licencia de Circulación. 

En caso de extravío o sustracción de la documentación del vehículo, presentará una declaración escrita o la denuncia de la sustración, respectivamente. 

Además de la documentación anterior, en función del caso, se deberá aportar: 

5º. Si se trata de vehículos agrícolas se deberá aportar documento acreditativo de la baja en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma.

6º. En los casos de baja por traslado a un país que no sea parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (EEE), se aportará declaración del interesado en la que conste que el vehículo no es un residuo (modelo disponible en www.dgt.es).

7º. En caso de fallecimiento del titular, si la persona que resulte adjudicataria definitiva del vehículo quisiera darlo de baja para su traslado a otro país, aportará la Declaración de Últimas Voluntades o Cuaderno Particional en el que conste la adjudicación del vehículo.

B) POR FINALIZACIÓN DE SU VIDA ÚTIL O DESGUACE 

Dependiendo de la clase de vehículo el trámite se presentará obligatoriamente en un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos (CAT) o podrá, voluntariamente, presentar la solicitud de baja en el CAT o en la Jefatura de Tráfico.

B.1. VEHÍCULOS TURISMOS Y ASIMILADOS, FURGONES Y FURGONETAS HASTA 3,5 TM Y VEHÍCULOS DE 3 RUEDAS CON CILINDRADA SUPERIOR A 50 CC. 

OBLIGATORIAMENTE en un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos -CAT(ver relación de centros en la página web de la DGT www.dgt.es). Documentación: 

1º. Solicitud en impreso oficial proporcionado por el CAT. Si el solicitante es menor de edad o incapacitado deberán constar en la solicitud, además, los datos y la firma de la persona que lo representa. 

2º. De los interesados 

A) Personas Físicas 

Original del documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular: 

-Nacionales: Documento Nacional de Identidad (DNI) en vigor del interesado o Permiso o Licencia de Conducción. 

- Extranjeros: 

•           Tarjeta de Residencia en vigor o, en su defecto, Documento de identidad del país de origen (para ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea, de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y de la Confederación Suiza) o Pasaporte si es ciudadano de un tercer país junto con el Número de Identificación de Extranjero (NIE). 

•           Documento original que acredite su domicilio en España, si éste no figura en su documentación de identidad de extranjero (Ej. Escritura de propiedad, contrato de alquiler, tarjeta censal o certificado policial).

B) Personas Jurídicas 

- Original de la Tarjeta de identificación fiscal de la sociedad (CIF). 

- Original del DNI, Pasaporte, Documento de identidad de extranjero del representante y NIE.

- Documento original que acredite a éste poder para actuar en nombre de la sociedad (modelo disponible en www.dgt.es).

C) Menores de edad o incapacitados 

-Además presentarán Original del DNI en vigor del padre, madre o tutor u Original de la Tarjeta de Residencia en vigor del padre, madre o tutor. 

- Documento original que acredite el concepto por el que actúan. (Ej. Libro de familia, resolución judicial, etc.).

3º. Del vehículo 

-Tarjeta de Inspección Técnica. 

- Permiso o Licencia de Circulación. 

En caso de extravío o sustracción de la documentación del vehículo, presentará una declaración escrita o la denuncia de la sustracción, respectivamente. 

4º. NO habrá de abonarse tasa. 

El CAT se encargará de destruir el vehículo y de anotar la baja electrónicamente en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico.

B.2. RESTO DE VEHÍCULOS (CICLOMOTORES, MOTOCICLETAS, VEHÍCULOS PESADOS, VEHÍCULOS ESPECIALES, ETC.)

VOLUNTARIAMENTE en un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos -CAT (ver relación de centros en www.dgt.es) o en la Jefatura de Tráfico 

Documentación: 

1º. La misma que la relacionada en el punto anterior (B.1). La Solicitud en impreso oficial también estará disponible en las Jefaturas de Tráfico y en la página web de la DGT (www.dgt.es). 

2º. En ambos supuestos NO abonará tasa si aporta el certificado de tratamiento medioambiental o si el vehículo tiene una antigüedad de 15 o más años desde su matriculación en España. En caso contrario se abonará la tasa por el importe legalmente establecido. 

3º. Si se trata de vehículos agrícolas se deberá aportar documento acreditativo de la baja en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma. 

Notas y Representación sobre Bajas de Vehículos: 

1.         En el caso de que exista una orden de precinto inscrita en el Registro de Vehículos ésta deberá cancelarse previamente. 

2.         Cualquier limitación de disposición que tuviera inscrita en el Registro de Bienes Muebles, deberá cancelarse previamente, salvo consentimiento expreso de la Financiera. 

3.         Cuando la documentación no sea presentada por el titular del vehículo, la persona que lo representa deberá llevar:

  • Autorización del interesado para realizar el trámite, donde se exprese el carácter gratuito de la citada representación (disponible en www.dgt.es).
  • Original de su propio DNI. 


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