El transporte de mercancías peligrosas por cualquiera de las vías públicas del territorio español está sujeto a autorización administrativa previa que verifique la adopción de las medidas de seguridad y salud mínimas para dicho transporte.
REQUISITOS PARA SU OBTENCIÓN- Estar en posesión, con una antigüedad mínima de un año, del permiso de conducción ordinario, en vigor, de la clase B, al menos.
- Haber realizado con aprovechamiento un curso de formación como conductor para el transporte de mercancías peligrosas en un centro de formación autorizado por la Dirección General de Tráfico.
- Ser declarado apto en las correspondientes pruebas de aptitud.
- No estar privado por resolución judicial del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores, ni hallarse sometido a suspensión o intervención administrativa del permiso que se posea.
- Reunir las aptitudes psicofísicas requeridas para obtener permiso de conducción de las clases BTP, C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D o D+E.
- Tener la residencia normal en España.
- Solicitud en impreso oficial disponible en las Jefaturas de Tráfico.
- Original del documento que acredite la identidad y residencia:Informe de aptitud psicofísica telemático, anotado en el Registro de Conductores por un Centro de Reconocimiento para Conductores autorizado, cuando no se sea titular de ningún permiso del Grupo 2 (BTP, C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D o D+E).
- Nacionales: Documento Nacional de Identidad (DNI) o Pasaporte en vigor del interesado.
- Extranjeros: Autorización de Residencia en vigor o, en su defecto, Documento de identidad del país de origen o Pasaporte junto con el Certificado de Inscripción en el Registro Central de Extranjeros, también vigentes (para ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea, de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y de la Confederación Suiza) o, si es ciudadano de un tercer país, Autorización de Residencia en vigor.
- Certificado expedido por el centro de formación que haya impartido el curso en el que se acredite que el solicitante ha participado con aprovechamiento en un curso de formación para conductores de vehículos que transporten mercancías peligrosas.
- Declaración por escrito de no hallarse privado por resolución judicial del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores.
- Tasa por el importe legalmente establecido.
PRÓRROGA DE LA AUTORIZACIÓN
Requisitos
- No estar privado por resolución judicial del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores, ni hallarse sometido a suspensión o intervención administrativa del permiso que posea.
- Haber seguido con aprovechamiento, durante el año anterior a la expiración del período de vigencia de la autorización, un curso de actualización y perfeccionamiento.
- Superar las pruebas y ejercicios prácticos individuales correspondientes en un centro de formación de conductores de vehículos que transporten mercancías peligrosas, autorizado por la Dirección General de Tráfico.
- Solicitud en impreso oficial disponible en las Jefaturas de Tráfico.
- Original del documento que acredite la identidad y residencia:Certificado expedido por el centro de formación que acredite que el interesado ha participado con aprovechamiento, durante el año anterior a la caducidad de la autorización, en un curso de actualización y perfeccionamiento y que ha superado las pruebas y ejercicios prácticos individuales correspondientes.
- Nacionales: Documento Nacional de Identidad (DNI) o Pasaporte en vigor del interesado.
- Extranjeros: Autorización de Residencia en vigor o, en su defecto, Documento de identidad del país de origen o Pasaporte junto con el Certificado de Inscripción en el Registro Central de Extranjeros, también vigentes (para ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea, de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y de la Confederación Suiza) o, si es ciudadano de un tercer país, Autorización de Residencia en vigor.
- Original, en vigor, y fotocopia de la autorización especial para el transporte de mercancías peligrosas que se pretende prorrogar.
- Informe de aptitud psicofísica telemático, anotado en el Registro de Conductores por un Centro de Reconocimiento para Conductores autorizado, cuando no se sea titular de ningún permiso del Grupo 2 (BTP, C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D o D+E).
- Declaración por escrito de no hallarse privado por resolución judicial del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores.
- Tasa por el importe legalmente establecido.
AMPLIACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN
Requisitos
- Tener autorización especial para conducir vehículos que transporten mercancías peligrosas en vigor
- No estar privado por resolución judicial del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores, ni hallarse sometido a suspensión o intervención administrativa del permiso que posea.
- Haber realizado con aprovechamiento un curso de formación para la materia para la que solicite la ampliación en un centro de formación autorizado por la Dirección General de Tráfico.
- Ser declarado apto por la Jefatura Provincial de Tráfico en las correspondientes pruebas de aptitud.
Documentación
- Solicitud en impreso oficial disponible en las Jefaturas de Tráfico.
- Original del documento que acredite la identidad y residencia:
- Nacionales: Documento Nacional de Identidad (DNI) o Pasaporte en vigor del interesado.
- Extranjeros: Autorización de Residencia en vigor o, en su defecto, Documento de identidad del país de origen o Pasaporte junto con el Certificado de Inscripción en el Registro Central de Extranjeros, también vigentes (para ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea, de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y de la Confederación Suiza) o, si es ciudadano de un tercer país, Autorización de Residencia en vigor.
- Certificado expedido por el centro de formación que acredite que el interesado ha participado con aprovechamiento en un curso de actualización y perfeccionamiento y que ha superado las pruebas y ejercicios prácticos individuales correspondientes.
- Original y fotocopia de la autorización especial que se posea.
- Declaración por escrito de no hallarse privado por resolución judicial del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores.
- Tasa por el importe legalmente establecido (una sola tasa si se examina de todo a la vez. Si se realiza un examen por cada ampliación, se abona una tasa por examen).
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